martes, 18 de septiembre de 2018

Artículo 167 de la Constitución española



"Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.
De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.
Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras"



Al parecer, una gran mayoría de la ciudadanía estaría de acuerdo en eliminar aforamientos aunque el anuncio efectuado por el presidente de los reinos briboneros de a cuatro "salva" a determinados y en determinadas situaciones.. La cuestión es que se necesita al PP para ello. ¿Está ese partido dispuesto a afrontar el coste social?

En cuanto a la "endogamia te espera",  más conocida como Calp t'enamora, debe decidir, quien corresponda, si se emprende reforma integral del colegio Gargasindi o se construye uno nuevo.

Un premio: El escritor y director de cortometrajes Omar Robert Hamilton, ha obtenido el de Literatura Árabe  2018 por


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                                         -Pepa Terrón-